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Tenga en cuenta: la hora de almuerzo y desplazamiento no cuentan como jornada laboral

El abogado Felipe Aroca informó que el Ministerio de Trabajo aclaró que la hora del almuerzo y el tiempo de desplazamiento del empleado desde su casa o residencia no son considerados parte de la jornada máxima semanal de trabajo.

Manifestó que la reforma laboral eliminó estos beneficios, lo que ha generado dudas y molestias entre los trabajadores.

Aroca recordó, además, que a partir de julio de 2026 la jornada laboral será de 42 horas semanales.

Escuche la entrevista con el abogado Felipe Aroca:

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