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Rafael Castillo tiene suspensión vigente que la Universidad del Atlántico aún no hace efectiva

Aunque la inhabilidad fue revocada en segunda instancia, una suspensión de cuatro meses contra el rector designado sigue activa y no ha sido aplicada ni notificada oficialmente por la institución, según la Procuraduría.

Rafael Castillo tiene suspensión vigente que la Universidad del Atlántico aún no hace efectiva

El economista Rafael Ángel Castillo Pacheco, designado rector de la Universidad del Atlántico por el Ministerio de Educación Nacional, mantiene vigente una medida de suspensión por cuatro meses que, hasta ahora, no ha sido hecha efectiva por la institución.

De acuerdo con información conocida en primicia por Zona Cero, la Procuraduría General de la Nación ordenó a la Universidad del Atlántico aplicar la sanción disciplinaria. Sin embargo, el Ministerio Público no ha recibido notificación alguna sobre la ejecución de dicha medida, ni esta aparece registrada en sus archivos oficiales.

Antecedentes del proceso disciplinario

El 12 de septiembre de 2023, la Procuraduría sancionó en primera instancia al entonces exrector Rafael Castillo Pacheco con destitución e inhabilidad general por 10 años, al considerar que se extralimitó en el ejercicio de sus funciones.

Según el fallo, Castillo autorizó de manera irregular una comisión de servicios remunerada en Argentina al docente Wendell Graham Archibold Barrios, adscrito a la Facultad de Ciencias Económicas, para asistir a clases presenciales del doctorado en Contabilidad que cursaba en la Universidad Nacional del Rosario.

El ente de control estableció que mediante la Resolución 003396 del 13 de junio de 2015 se otorgó dicho aval, vulnerando los principios de legalidad, rectitud y honestidad que rigen la función pública.

La Procuraduría concluyó que las comisiones de servicio deben destinarse exclusivamente a situaciones administrativas o al ejercicio temporal de funciones académicas inherentes al cargo, condiciones que —según el fallo— no se cumplieron en este caso. Por ello, la conducta fue calificada como falta gravísima cometida con dolo.

Revocatoria parcial y sanción pendiente

Posteriormente, en segunda instancia, la destitución y la inhabilidad general fueron revocadas. No obstante, la sanción de suspensión por cuatro meses permanece vigente.

Pese a ello, la Universidad del Atlántico no ha hecho efectiva la suspensión, o al menos no ha informado oficialmente su aplicación a la Procuraduría General de la Nación, lo que mantiene el caso abierto en términos administrativos y disciplinarios.

La situación genera interrogantes sobre el cumplimiento de las órdenes del ente de control y el manejo interno del proceso sancionatorio dentro de la institución educativa.

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